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Respondiendo a una Pregunta,

No Recibí Notificación De Corte Por Un Caso De Violencia Doméstica

August 17, 2017

No Recibí Notificación De Corte Por Un Caso De Violencia Doméstica

Una persona acusada de violencia doméstica no se presentó ante el juez, no se lo aconsejaron y no le pusieron una fecha de Corte. El abogado de violencia doméstica Alexander Cross pregunta, ante esta situación, si no recibió por correo ninguna notificación, comunicándole que tenía una fecha de corte pendiente.

El acusado recibió un papel y le dijeron que no era necesario presentarse en la corte, y que tenía tres ańos de probación. El doctor Cross afirma que un período de probación sólo se da a una persona que ha sido hallada culpable; un juez tuvo que haber tomado su declaración. Es posible que el departamento de probación le dijera que mantuviera el contacto con el departamento de probación para tener información con respecto al caso, pero no le pueden dar tres ańos de probación sin que un juez de esa orden; sólo un juez puede dar esa orden judicial.

En este caso será necesario revisar con la oficina penal, la oficina criminal, en la Corte donde tuvo lugar los hechos, porque es posible que usted tenga una caso pendiente allí. Es bien importante revisar eso. Esta persona pregunta entonces si aún es posible que le envíen una notificación para presentarse ante el juez. Alex Cross responde que va a depender de si el caso es cobrado como un delito menor o como un delito mayor.

Los casos de violencia doméstica serán considerados como delitos mayores o menores en función de los dańos que la fiscalía dice que sufrió la víctima. Por ejemplo, si se ve cualquier rayón, morete, sangre, cualquier evidencia en el rostro de la víctima eso automáticamente es presentado como una felonía; los cargos son presentados directamente como una felonía debajo del Código penal sección 273.5, que trae una pena potencial de cuatro ańos en la prisión estatal.

Pero si no hay ningún dańo físico, entonces generalmente será considerado un delito menor debajo del Código penal sección 243E1; y si es un delito menor la fiscalía sólo tendrá un ańo desde la fecha del incidente para hacer la decisión en relación a si le presentan cargos o no. Ahora si es un delito mayor la fiscalía tiene tres ańos para hacer esta decisión. La fiscalía, a su discreción, puede ponerlo como delito grave o delito menor.

Es muy buena idea revisar con la corte para ver si tiene una orden de arresto o algo así; y si ese es el caso la recomendación es que vaya un abogado o familiar a revisar en la corte, pero no usted, porque ahí ya pueden llamar a los guardias y arrestarlo.

Hay que tener algo muy importante en cuenta y es que cuando la corte envia algo por correo es una cortesía, la Corte no tiene ninguna obligación legal para mandarle notificación de que usted tiene un caso pendiente en la Corte criminal, es la responsabilidad del acusado de estar llamando para revisar si tiene algo ahí en el sistema.

Si alguien en su familia o si un amigo suyo ha sido arrestado o acusado por haber cometido un delito, y si necesitan representación en corte, llámennos para hacer una cita gratis al

888-901-8012

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