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Código Penal 261

Código Penal sección 261 (a)(1)

Pen § 261. Violación. Actos que constituyen violación.

(a) Violación es un acto sexual realizado con una persona que no es la esposa del infractor, bajo cualquiera de las siguientes circunstancias:
(1) Cuando la persona es incapaz, debido a un trastorno mental o una discapacidad física o del desarrollo, de dar consentimiento legal, y esto es conocido, o razonablemente debería ser conocido, por la persona que comete el acto. A pesar de la existencia de una tutela de acuerdo con la Ley Lanterman-Petris-Short (Parte 1 (comenzando con la Sección 5000) de la División 5 del Código de Bienestar e Instituciones) el fiscal deberá demostrar, como un elemento del crimen, que un trastorno mental o discapacidad física o de desarrollo impedía la capacidad de la supuesta víctima de dar consentimiento.

(2) Cuando se realiza en contra de la voluntad de la persona utilizando la fuerza, violencia, coacción, amenaza o miedo a sufrir un daño corporal inmediato e ilegal en su persona o en otra persona.

(3) Cuando se impide que la persona se resista por el uso de cualquier sustancia intoxicante o anestésica, o cualquier sustancia controlada, y esta condición sea conocida, o razonablemente debería ser conocida por el acusado.

(4) Cuando la persona en ese momento no es consciente de la naturaleza del acto, y esto es conocido por el acusado. Tal y como se utiliza en este párrafo, “no ser consciente de la naturaleza del acto” significa incapacidad de oponerse porque la víctima se encuentra en una de las siguientes condiciones:

(A) Estaba inconsciente o dormida.

(B) No se daba cuenta, conocía, percibía o era consciente de que el acto ocurría.

(C) No se daba cuenta, conocía, percibía o era consciente de las características esenciales del acto debido a fraude por parte del infractor.

(D) No se daba cuenta, conocía, percibía o era consciente de las características esenciales del acto debido a fraude por parte del infractor que hacía creer que el acto sexual era con un propósito profesional cuando no era así.

(5) Cuando la persona se somete bajo la creencia de que la persona que comete el acto es el cónyuge de la víctima, y esta creencia es inducida bajo algún artificio, fingimiento u ocultación llevado a cabo por el acusado con la intención de inducir a esta creencia.

(6) Cuando el acto se realiza contra la voluntad de la víctima con amenazas de represalias en el futuro contra la víctima u otra persona, y razonablemente hay posibilidades de que el infractor ejecute esas amenazas. Tal y como se utiliza en este párrafo, “amenaza de represalia” significa el temor a secuestrar o hacer un encarcelamiento falso, o infligir un dolor extremo, graves daños corporales o la muerte.

(7) Cuando el acto se realiza contra la voluntad de la víctima por medio de amenazas de usar la autoridad de un oficial público para encarcelar, arrestar o deportar a la víctima o a otro, y la víctima tiene una creencia razonable de que el infractor es un oficial público. Tal y como se utiliza en este párrafo, “oficial público” es cualquier persona empleada por una agencia pública que tiene autoridad , como parte de ese puesto, para encarcelar, arrestar o deportar a otra persona. El infractor no tiene que ser un oficial público

(b) Tal y como se usa en esta sección “coacción” significa amenaza directa o implícita de usar la fuerza, violencia, peligro o retribución suficiente para obligar a una persona razonable a llevar a cabo un acto que de otra manera no hubiera realizado, o consienta en un acto al que no se habría sometido. Todas las circunstancias, incluida la edad de la víctima, y su relación con el acusado, son factores a considerar en la valoración de la existencia de coacción.

(c) Tal y como se utiliza en esta sección “amenaza” significa cualquier intimidación, declaración o acto que muestre la intención de causar un daño sobre otra persona.

Elementos del código penal 261

1.El acusado está involucrado en un acto sexual con una persona distinta de su cónyuge.
2. La supuesta víctima era incapaz de dar consentimiento legal, debido a un trastorno mental o discapacidad física o de desarrollo.
3. El acusado sabía, o razonablemente debería saber la incapacidad de la víctima. [PC 261(a)(1)]

Castigo del código penal 261

Violación, tal y como se define en las secciones 261 o 262, es castigada con penas en la prisión estatal por tres, seis u ocho años. [PC §264(a)]

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